Los diputados Sandinistas aprobaran unas reformas a la Ley 582, Ley General de Educación, y la Reforma y Adición a la Ley 89, Ley de Autonomía de las Instituciones de Educación Superior, con la finalidad de excluir a la Universidad Centroamericana (UCA) del 6% constitucional.
La iniciativa fue presentada por el sancionado y presidente de la Asamblea Sandinista, Gustavo Porras, en la que establece reformas, en el caso de la Ley de Autonomía de las Instituciones de Educación Superior se reformarán los Artículos 4, 12, 47, 48 , 51, 56, 57 y 58, relacionados a la estructura de la educación superior.
En el caso del artículo 4, establece la educación superior será divididas en universidades estatales, comunitarias e interculturales, privadas, Centros de Educación Técnica Superior y Centros e Institutos de Estudios e Investigación por Ley para emitir títulos y grados académicos.
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Así mismo, en el artículo 56 a reformar, decreta que el Consejo Nacional de Universidades (CNU) estará dirigido por los rectores de las universidades estatales UNAN-Managua, la UNAN-León, la Universidad Agraria (UNA), la Universidad Nacional de Ingeniería (UNI), la Universidad Nacional Politécnica (UNP); la UCATSE, ahora llamada Universidad Nacional Francisco Luis Espinoza Pineda y la Uhispam, que pasó a llamarse Universidad Nacional Multidisciplinaria Ricardo Morales Avilés. Estas últimas tres fueron confiscadas por la dictadura Sandinista y pasaron a ser propiedad del Estados.
En este mismo artículo, también se incluyó al presidente de UNEN, un organización señalada de identificar a los universitarios que participaron en las protestas antigubernamentales. También, el secretario de la Federación de Sindicatos de Trabajadores Universitarios de Nicaragua; y el secretario de la Federación de Profesionales Docentes de la Educación Superior.
En el artículo 58, le dan la potestad al CNU de “aprobar y coordinar la política nacional de la Educación Superior del país, en función de los recursos y situaciones existentes, autorizar la creación de nuevas IES, aprobar las disposiciones generales que regulen los planes y programas de estudios de pregrado, grado y postgrado conducentes a titulaciones y grados académicos, dictaminar, aprobar o denegar la apertura de carreras o programas académicos de pregrado, grado y posgrado en correspondencia con los lineamientos establecidos para tal fin”.
De igual forma, le dio la facultad al CNU de “cancelar la autorización de apertura de nueva universidad a aquellas que en el plazo de seis meses no obtengan la personalidad jurídica por la instancia correspondiente de conformidad con las leyes de la materia” y “aprobar la política y distribución de los fondos asignados a las universidades establecidas en el articulo 56 de esta Ley, atendiendo a la población estudiantil y los costos de operación”.
En las reformas excluyen la figura de la UCA, lo que supone que podría ser eliminada por completo del 6%.
Aunque se conoce que los estudiantes del Alma Mater notificaron que debido a la reducción del 6% en años consecutivos, los becados se han visto afectados ya que le han disminuido entre un 15 a 20 puntos el porcentaje de becas.